Planeación tributaria para empresas: paga lo justo, legalmente.

Proyectamos el impuesto de tu empresa y de sus socios antes del cierre del año y te decimos qué decisiones tomar a tiempo para no pagar de más ni llevarte sorpresas en la declaración de renta.

Pedro AlvaradoAngélica Forero
Revisado por Pedro Alvarado y Angélica Forero
Actualizado el 30 de septiembre de 2026
En resumen

La planeación tributaria es el análisis anticipado de las decisiones de una empresa (inversiones, forma de remunerar a los socios, costos y deducciones, beneficios y descuentos) para pagar el impuesto que corresponde según la ley, ni más ni menos. Es legal cuando se basa en lo que permite la norma y se hace antes del cierre fiscal del 31 de diciembre. En Colombia la tarifa general del impuesto de renta para personas jurídicas es del 35 %.

¿Te identificas?

Señales de que tu empresa está pagando de más.

  • La renta te sorprende cada añoTe enteras de cuánto debes pagar cuando ya no hay nada que hacer.
  • Los socios se pagan como seaSalarios, dividendos o retiros sin un análisis de cuánto le cuesta cada opción a la empresa y a ellos.
  • Hay gastos sin soporteCompras sin factura electrónica o mal causadas que no puedes deducir.
Qué incluye

Qué revisamos en la planeación tributaria.

Cada empresa es distinta; estas son las palancas que analizamos con tus cifras reales.

Proyección del impuesto de renta

Estimamos la renta del año con tus cifras a la fecha y los escenarios de cierre.

Remuneración a socios

Comparamos salario, dividendos y otras formas de pago según su efecto total.

Costos y deducciones

Verificamos que los gastos tengan soporte válido y se puedan deducir.

Descuentos tributarios

Revisamos, por ejemplo, el IVA en activos fijos reales productivos (art. 258-1 del Estatuto Tributario) y las donaciones.

Beneficios y regímenes

Evaluamos si tu actividad o ubicación permite algún beneficio o régimen especial.

Decisiones antes del cierre

Compras, inversiones, provisiones y facturación que conviene mover antes del 31 de diciembre.

¿No sabes qué necesita tu empresa?Un asesor revisa tu caso y te dice por dónde empezar. Sin costo y sin compromiso.
Quiero el diagnóstico
Calendario

Cuándo hacer la planeación tributaria.

Entre más temprano, más opciones. Después del 31 de diciembre ya solo queda declarar.

MomentoQué se puede hacer
Primer semestreDefinir cómo se remunera a los socios, estructurar inversiones y ordenar los soportes.
Septiembre a noviembreProyectar la renta del año, decidir compras e inversiones y ajustar la facturación.
DiciembreCierre: provisiones, causaciones y últimas decisiones con impacto en el año gravable.
Después del cierrePreparar y presentar la declaración con lo que ya pasó. El margen de ahorro es mínimo.
Cómo empezamos

Así trabajamos la planeación tributaria contigo.

  1. Diagnóstico gratuitoRevisamos tus últimas declaraciones y las cifras del año para ver si hay margen de ahorro.
  2. Proyección y escenariosCalculamos la renta estimada y comparamos escenarios con cifras, no con supuestos.
  3. Plan de decisionesTe entregamos las decisiones a tomar, con fechas, responsables y el impacto estimado.
Quién respalda esta guía
Pedro Alvarado, Contador · Fundador y CEO de Ideako
Pedro AlvaradoContador · Fundador y CEO de Ideako

Lidera la estrategia contable y tributaria de los clientes de Ideako.

Angélica Forero, Contadora · Directora financiera
Angélica ForeroContadora · Directora financiera

Dirige el equipo de contabilidad y finanzas que lleva la operación mensual de los clientes.

Preguntas frecuentes

Planeación tributaria: lo que más nos preguntan

¿La planeación tributaria es legal?
Sí. Consiste en tomar decisiones con anticipación para pagar el impuesto que corresponde según la ley, aprovechando deducciones, descuentos y beneficios que la norma permite. No es evasión ni elusión: todo queda soportado y declarado.
¿Cuándo es el mejor momento para hacerla?
Antes del cierre fiscal del 31 de diciembre, idealmente desde septiembre. Después del cierre solo queda declarar con lo que ya pasó.
¿Sirve para pymes o solo para empresas grandes?
Sirve para cualquier empresa que pague impuesto de renta. En pymes suele encontrarse ahorro en la remuneración a socios, en los soportes de gastos y en decisiones de inversión.
¿Cuál es la tarifa del impuesto de renta para empresas en Colombia?
La tarifa general para personas jurídicas es del 35 % (art. 240 del Estatuto Tributario). Algunos sectores y regímenes tienen tarifas o sobretasas distintas; lo revisamos en tu caso.
¿Qué necesito para el diagnóstico?
Las declaraciones de renta de los últimos dos años y el balance y estado de resultados del año en curso. Con eso estimamos el impacto antes de proponerte un plan.