¿Cuánto tiempo tiene un cliente para pagarte una factura?
En Colombia, la Ley 2024 de 2020, conocida como ley de pago a plazos justos, fijó un tope para los pagos entre empresas. Rige desde el 1 de enero de 2021: durante 2021 el plazo máximo fue de 60 días calendario y desde el 1 de enero de 2022 es de 45 días calendario. El conteo arranca cuando recibes la mercancía o termina el servicio. Si la factura electrónica se recibe y se garantiza su identidad, esa recepción también sirve para iniciar el conteo; el Decreto 1733 de 2020, que reglamenta la ley, explica cuándo cuenta la factura y cuándo la entrega.
Esto no significa que todo se tenga que pagar a 45 días. Significa que ese es el máximo: nadie puede obligarte, con una cláusula del contrato, a esperar más. Las cláusulas que se pacten en contra del plazo legal son ineficaces de pleno derecho, es decir, no producen efectos.
¿A quién le aplica y a quién no?
La regla cubre los pagos entre empresas por bienes y servicios. Quedan por fuera, entre otros casos:
- Las operaciones entre sociedades que se consideran grandes empresas. El tamaño se define por ingresos, con los topes en UVT del Decreto 957 de 2019. Revisa con tu contador en qué categoría están tu empresa y tu cliente, porque la excepción tiene condiciones.
- Las ventas a consumidores, que se rigen por el estatuto del consumidor.
- Los intereses de cheques, pagarés y letras de cambio, las indemnizaciones y el mutuo (préstamos).
- Las deudas que están en un proceso de insolvencia o reestructuración.
El sector salud tiene su propio plazo de 60 días para las operaciones dentro del sistema de seguridad social. Y los contratos con el Estado con mipymes tienen reglas propias, con plazo contado desde la aceptación de la factura.
¿Qué puede hacer tu empresa si el cliente no paga en plazo?
La ley da herramientas, pero ninguna es automática:
- Reclamar los costos de cobro. El acreedor puede pedir una indemnización por los costos de cobro que logre demostrar. Por eso conviene guardar cada comunicación y cada gestión.
- Cobrar intereses moratorios. Cuando el plazo legal se vence, empiezan a correr. Si el caso llega a un juez, esos intereses se piden junto con la factura.
- Acudir a las autoridades. La Superintendencia de Industria y Comercio y la Superintendencia de Sociedades vigilan el cumplimiento, y los actos para evadir la norma pueden dar lugar a acciones judiciales o sanciones administrativas.
Antes de eso, casi siempre es más barato y más rápido ordenar el proceso interno que pelear. Esto no es asesoría para un caso particular: si tu cartera ya está en conflicto, consulta con un abogado.
¿Por qué muchas pymes igual esperan 60, 90 o 120 días?
Porque la ley es un techo, pero la costumbre pesa. Tres razones se repiten en las empresas:
- El contrato o la orden de compra dice otro plazo y nadie lo cuestionó al firmar.
- La factura llega tarde o mal: sin orden de compra, con el NIT equivocado, sin el soporte de recibido. El cliente la devuelve y el reloj se reinicia.
- Cobrar incomoda. Se espera a que el cliente pague solo, y el cliente prioriza al proveedor que insiste.
El efecto es real: cada semana de retraso en una factura es plata que tu empresa financia sin cobrar por ello. Si vendes con margen ajustado, un cliente que paga a 90 días puede dejarte con una venta que en la práctica no es rentable cuando ya pagaste nómina e impuestos. Para ver cuánto necesitas vender para cubrir tus costos, usa la calculadora de punto de equilibrio.
¿Cómo se ordena la cartera para cobrar a tiempo?
| Momento | Qué hacer |
|---|---|
| Antes de vender | Pactar por escrito el plazo (máximo 45 días en el caso general), el medio de entrega de la factura y quién la recibe. |
| Al entregar | Guardar el soporte de recibido con fecha: de ahí se cuenta el plazo. |
| Al facturar | Enviar la factura electrónica el mismo día, con la orden de compra y los datos que exige el cliente. |
| Día 30 | Recordatorio amable con la fecha exacta de vencimiento. |
| Día 46 en adelante | Llamada de una persona con nombre, carta con los intereses de mora y, si no hay respuesta, revisar con un abogado la vía de cobro. |
Nada de esto es sofisticado. Lo que casi nadie hace es ponerle fecha a cada paso y una persona responsable. Esa es la diferencia entre una cartera que se mueve y una que se acumula. Si tu contabilidad no te muestra la cartera por edades, es el primer reporte que debes pedir; en Ideako, como contadores para empresas en Bogotá, es de los primeros que ordenamos.
¿Qué puede hacer tu empresa esta semana?
- Saca el listado de facturas vencidas y ordénalo de la más antigua a la más reciente.
- Identifica a tus tres clientes con más plata pendiente y revisa qué plazo dice cada contrato u orden de compra.
- Revisa si tus facturas tienen soporte de recibido y si llegaron bien al cliente.
- Asigna una persona y un día fijo a la semana para cobrar.
- Cambia el plazo estándar de tus próximas cotizaciones a un máximo de 45 días y explícalo como política de la empresa, no como favor.
- Calcula cuánto te cuesta esperar: compáralo con lo que pagarías por un crédito. La guía de tasas y flujo de caja te da el contexto.
Si además sientes que la inflación te está comiendo el margen mientras esperas, lee cómo revisar los precios de tu empresa sin perder clientes. Y si quieres que alguien externo revise tu cartera y tu flujo de caja, escríbenos para un diagnóstico gratuito.
Elaborado por: Equipo Ideako. Normas verificadas el 26 de octubre de 2026.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el plazo máximo para pagar una factura entre empresas en Colombia?
¿Puedo pactar un plazo más largo en el contrato?
¿La ley aplica si mi cliente es una empresa grande?
¿Qué autoridades vigilan esta ley?
¿Puedo cobrar intereses por pagos atrasados?
- Colombia Compra Eficiente — Ley 2024 de 2020 (pago a plazos justos)
- Bancolombia — Ley de pago a plazos justos
- Holland & Knight — Reglamentación del pago en plazos justos (Decreto 1733 de 2020)
Este artículo es informativo y no reemplaza una asesoría sobre el caso particular de tu empresa. Información verificada a la fecha de publicación.



